Ilustración de Jesús Benavides Lima

Blog notarial y otros contenidos prácticos

No busques ninguna lección magistral de derecho en este blog. Simplemente respuestas sencillas a diferentes situaciones jurídicas en las que se puede encontrar cualquier persona a lo largo de su vida.
Premio 2024 Blog Jurídico
Filtrar por: 
¿Qué está pasando con la vivienda en Cataluña (y especialmente en Barcelona)?
Inmobiliario e hipotecario
Descubre cómo las recientes normativas están transformando el mercado inmobiliario en Barcelona y Cataluña. Analizamos su impacto en la compraventa de inmuebles y las claves para proteger tu patrimonio.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Guía práctica para comprar una vivienda y pedir una hipoteca (Capítulo 2)
Inmobiliario e hipotecario
En este segundo capítulo te relato mi experiencia personal a la hora de comprar un inmueble y por qué es importante la tasación antes del contrato de arras.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Guía práctica para comprar una vivienda y pedir una hipoteca (Capítulo 1)
Inmobiliario e hipotecario
Te relato mi experiencia personal a la hora de comprar un inmueble y por qué es importante la tasación antes del contrato de arras.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Para ir a juicio toca negociar antes y poder acreditarlo fehacientemente
Otros diversos
A partir de abril, cuando cualquier persona quiera entablar un pleito civil o mercantil, antes deberá intentar una negociación extrajudicial ante notario.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
Nueva moratoria para los afectados de la DANA en Valencia
Inmobiliario e hipotecario
El Gobierno ha aprobado un nuevo instrumento, en forma de moratoria, para tratar de ayudar a familias y empresas afectadas por la DANA.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Cuánto pagaré de ITP al comprar una vivienda?
Inmobiliario e hipotecario
Descubre lo que es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y cuánto tienes que pagar en tu comunidad al adquirir la vivienda.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¡Arras ante notario: la opción más segura!
Inmobiliario e hipotecario
Descubre que es un contrato de arras y por qué puede ser una buena opción antes de firmar ante notario.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Cómo puedo saber si mi banco está actuando correctamente?
Otros diversos
Descubre que hechos y circunstancia que se estén produciendo con tu banco, se encuentran o no dentro de las prácticas aceptables del sector.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Cuánto tiempo tarda en estar inscrita mi escritura en el Registro de la Propiedad?
Inmobiliario e hipotecario
Descubre los plazos que hay que tener en cuenta a la hora de inscribir tu derecho en dicho Registro de la Propiedad.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Cómo puedo ayudar a un hij@ a comprar su primera vivienda habitual?
Inmobiliario e hipotecario
Cada vez es más habitual que jóvenes requieran de la ayuda de sus familiares directos para poder acceder a su primera vivienda habitual en propiedad.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Arrancan los nuevos avales ICO para compra de vivienda
Inmobiliario e hipotecario
Descubre las novedades recientes sobre la puesta en marcha de los nuevos avales ICO para la compra de una vivienda
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Por qué cada vez más personas se hacen pareja de hecho?
Familia
Descubre los recientes cambios, así como de las múltiples dudas y consultas que genera la figura de la pareja de hecho en España.
Ver más
Familia
Familia
Top 20 consultas de comunidad de vecinos
Inmobiliario e hipotecario
Te respondo las numerosas dudas sobre situaciones habituales y cotidianas que se dan en comunidades de vecinos.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué es eso de la subasta notarial de un inmueble?
Inmobiliario e hipotecario
En este artículo vamos a tratar de analizar qué son las subastas notariales de inmuebles, qué tipologías existen, cómo se regulan y cuál es el procedimiento a seguir.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
 Si estoy casado, ¿para comprar e hipotecar, yo solo, la vivienda habitual de la familia, necesito el consentimiento del otro cónyuge?
Inmobiliario e hipotecario
Descubre las nuevas normas para aquellos casos en los que es uno de los cónyuges o miembros de la pareja quien adquiere él solo el inmueble.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
 Nuevos avales para financiar la “entrada” de tu vivienda
Inmobiliario e hipotecario
El pasado martes 13 de febrero de 2024, el Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para crear una línea de avales. Descubre todos los puntos clave y sus requisitos.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Novedades 2024 en comisiones hipotecarias
Inmobiliario e hipotecario
Comenzamos el año 2024 con relevantes novedades en materia de comisiones hipotecarias, especialmente, para aquellos deudores que estén pensando en amortizar anticipadamente sus préstamos hipotecarios.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
10 ideas claves para entender la nueva ley de digitalización del notariado
Otros diversos
Este final de 2023 nos trae, como gran novedad, la entrada en vigor de la Ley 11/2023, la cual, en el ámbito notarial, supone la introducción de grandes novedades.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Qué trámites tengo que hacer con el banco cuando acepto una herencia con dinero?
Sucesiones y donaciones
Los trámites bancarios constituyen una de las principales preocupaciones de los herederos. Descubre las claves importantes.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Lo que debes saber si vas a comprarte  una vivienda “sobre plano” o de obra nueva
Inmobiliario e hipotecario
Descubre los requisitos y las garantías imprescindibles a tener en cuenta al comprar un inmueble de obra nueva.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
La novedosa figura de la “guarda de hecho” y su aplicación práctica en el día a día
Familia
La guarda de hecho es la medida estrella de protección por la que opta el legislador, dando así respuesta a una realidad sociológica en este ámbito, esto es, el hecho de que en la mayoría de los casos, es el entorno familiar (padres, hijos, hermanos, etc.) quienes prestan apoyo y asistencia a las personas discapacitadas.
Ver más
Familia
Familia
La importancia de los plazos en el mundo legal. ¿Cómo se computan?
Otros diversos
Muchos son los ejemplos en los que los plazos legales, son factores clave para el adecuado ejercicio de nuestros derechos. Comprender adecuadamente esta realidad, se convierte en algo clave y muy importante para los ciudadanos.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
Pareja de Hecho en España. La guía actualizada para 2023
Familia
Descubre los requisitos y obligaciones de formar una Pareja de Hecho en España. Esta guía completa te ofrece todo lo que necesitas saber para entender las leyes y los procedimientos actuales.
Ver más
Familia
Familia
¿Qué pasa cuando no existe valor de referencia? ¿Qué valor he de declarar a la hora de liquidar el Impuesto de Transmisiones?
Inmobiliario e hipotecario
Desde la entrada en vigor del famoso “valor de referencia” a principios de 2022, como elemento clave para calcular la base imponible del ITP en las compraventas de inmuebles, la tributación de estas operaciones se ha simplificado en gran medida.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Cómo puedo rectificar un error en los metros cuadrados de mi piso que constan inscritos en el Registro de la Propiedad?
Inmobiliario e hipotecario
Es habitual encontrar pisos inscritos en el Registro de la Propiedad, cuyas dimensiones o descripción no se corresponden con su realidad física. Te explicamos como rectificarlo.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
El documento público electrónico: Conceptos básicos que deben manejarse
Otros diversos
En pocos meses, España vivirá una verdadera revolución en el sector notarial, gracias a la implantación del protocolo electrónico y la posibilidad de otorgar documentos públicos de forma telemática.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
La importancia del Registro de la Propiedad en España y su reflejo a través de las notas simples informativas
Inmobiliario e hipotecario
El mercado inmobiliario español es uno de los más dinámicos del mundo, en parte gracias al gran sistema de seguridad jurídica preventiva que existe gracias a los Notarios y Registradores de la Propiedad.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué documentos de identificación puedo llevar al Notario para firmar mi escritura?
Otros diversos
Una de las preguntas más habituales que muchos clientes nos hacen, es todo lo relativo a qué documento o documentos deben traer. Aquí te explicamos todo.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… para ser notario es necesario tener la carrera de derecho y luego estudiar una dura oposición?
Otros diversos
El acceso al Notariado español se vehicula a través de un sistema de oposición, en el que se seleccionan a los mejores candidatos que se presentan a los correspondientes procesos selectivos para la obtención del título de Notario.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… los notarios no pueden hacer publicidad?
Otros diversos
Aunque pueda parecer un tanto extraño, los Notarios, dada su condición de funcionarios públicos, tienen estrictas limitaciones a las actividades publicitarias o de marketing.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… los notarios custodian siempre todos los documentos notariales que se firman ante ellos?
Otros diversos
Cuando un ciudadano otorga una escritura, debe saber que el original del instrumento público que firma, que se denomina escritura matriz, se incorporará al protocolo notarial de ese Notario.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías para que… hace falta y sirve un notario en España?
Otros diversos
El Notario es un funcionario público cuya misión principal es proporcionar a la sociedad lo que se conoce como seguridad jurídica preventiva.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… los notarios además de funcionarios públicos son profesionales autónomos?
Otros diversos
El Notario, además de funcionario, es un profesional del Derecho, de modo que, a diferencia de la inmensa mayoría de funcionarios públicos, este no cobra cantidad alguna del Estado.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… los notarios tienen un límite territorial para firmar?
Otros diversos
Cada Notario, por ley y en base a su nombramiento, está asignado a una localidad, de modo que sólo está facultado para dar fe pública dentro de la plaza que tiene asignada.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… si no estás de acuerdo con la actuación profesional de un notario puedes interponer la reclamación pertinente a su Colegio de Notarios?
Otros diversos
Los Notarios, como funcionarios públicos, en el marco de su actuación, deben cumplir con la legalidad vigente, pues de lo contrario, se exponen a la imposición de graves sanciones.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… los notarios se desplazan a firmar fuera de sus despachos notariales?
Otros diversos
En algunos casos el notario se puede desplazar a firmar fuera de su despacho. Te contamos todos los detalles sobre ello.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… existe la figura del notario de guardia para casos de urgencia tanto en días festivos como durante fines de semana?
Otros diversos
En casos de urgencia puedes contar con un notario fuera de los horarios habituales de oficina. Te contamos todos los detalles.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… el horario de atención al público de una notaría, así como sus periodos vacacionales, pueden ser diferentes?
Otros diversos
El horario de apertura de la oficina notarial, lo puede fijar el notario con total libertad. Te lo explicamos en detalle, así cómo el tema vacacional.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que... todos los notarios deben cobrar lo mismo?
Otros diversos
Los clientes que acuden a la Notaría a firmar un documento público deberán abonar al Notario las cantidades que correspondan, las cuales adoptan la forma jurídica de arancel.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Sabías que… puedes elegir el notario que quieras?
Otros diversos
Cualquier persona interesada en otorgar un documento público ante Notario puede escoger entre los 3.000 notarios existentes en España
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
¿Cuándo compro una vivienda puedo reclamar los desperfectos descubiertos con posterioridad a la parte vendedora?
Inmobiliario e hipotecario
Descubre una guía práctica por si se te presentan desperfectos después de la compraventa de tu inmueble.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Quieres entender mejor y con más detalle que eso de constituir una sociedad con 1 euro?
Mercantil
La denominada ley “crea y crece” introduce opciones para crear una sociedad de forma ultra rápida. Conoce aquí las ventajas y desventajas.
Ver más
Mercantil
Mercantil
¿Qué es eso de la nueva ley de “Startups”?
Mercantil
Infórmate de todos los aspectos de actualidad que cualquier interesado debe tener en cuenta a la hora de iniciar un nuevo proyecto empresarial emergente o innovador
Ver más
Mercantil
Mercantil
Guía práctica de medidas de apoyo para deudores hipotecarios en problemas
Inmobiliario e hipotecario
Descubre varias medidas interesantes que se han lanzado para apoyar a deudores hipotecarios en apuros económicos.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Por qué tengo que esperar 10 días para firmar mi hipoteca? Y en Cataluña ¿por qué son 14 días?
Inmobiliario e hipotecario
La legislación actual se ha compuesto para proteger al deudor hipotecario. Infórmate aquí sobre los plazos a tener en cuenta para firmar tu hipoteca
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Si tienes una hipoteca con interés variable estos cambios legislativos te interesan
Inmobiliario e hipotecario
Infórmate sobre la nueva normativa que se aprobó con urgencia el pasado 23/11/2022 y que impacta en los deudores hipotecarios.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Cómo obtener tu NIF en una Notaría
Legitimaciones
Con la nueva normativa ahora podrás solicitar tu NIF de forma rápida, fácil y sencilla en cualquier Notaría de España. Encuentra más información en este artículo.
Ver más
Legitimaciones
Legitimaciones
Guía práctica: Valor de referencia. ¿Qué es y para qué sirve?
Inmobiliario e hipotecario
Desde la entrada en vigor del “valor de referencia” a inicios del año 2022, esta cuestión es una de las que mayores dudas y consultas generan. Te explicamos lo que es y para qué sirve.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Por qué me obliga el banco a contratar su gestoría para tramitar mi compraventa y préstamo hipotecario?
Inmobiliario e hipotecario
En nuestro día a día recibimos a menudo esta duda de clientes que vienen a firmar su préstamo hipotecario en el trámite de cerrar su compraventa. Te explicamos todos los detalles.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Sé previsor y planifica tu legado digital
Sucesiones y donaciones
¿Quién recibirá acceso mi cuenta de WhatsApp o Tinder una vez fallezca? Preguntas como estás se deben planificar en un testamento digital.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Limitaciones a pagos en efectivo
Fiscal
Descubre las actuales normativas y limitaciones en los pagos en efectivo en España
Ver más
Fiscal
Fiscal
Ampliación de capital con aportación de bienes inmuebles
Mercantil
Descubre las repercusiones fiscales de una ampliación de capital con aportación no dinerario como puede ser un bien inmueble.
Ver más
Mercantil
Mercantil
La apostilla de “La Haya”. ¿Qué es y para qué sirve?
Actas y poderes
Descubre que es la apostilla de "La Haya" y como te puede beneficiar si viajas al extranjero.
Ver más
Actas y poderes
Actas y poderes
¿Cuáles son las diferencias entre una S.L. y una S.A.?
Mercantil
Infórmate sobre las características y las mayores diferencias entre una sociedad limitada y una sociedad anónima
Ver más
Mercantil
Mercantil
Guía práctica para una autorización notarial de viaje con menores de edad
Actas y poderes
Cada vez es más habitual que menores de edad deban realizar viajes por sí solos, o bien acompañados de terceras personas. Encuentras aquí la guía práctica para su autorización notarial.
Ver más
Actas y poderes
Actas y poderes
Guía práctica para crear una SL de forma rápida y sencilla
Mercantil
Infórmate sobre las características, los requisitos, las ventajas y los pasos a seguir para constituir una sociedad limitad
Ver más
Mercantil
Mercantil
Quiero montar un negocio: ¿qué es mejor ser autónomo o constituir una sociedad?
Mercantil
Una de las grandes preguntas a la hora de emprender es la forma jurídica a través de la cual se desarrollará la actividad. Descubre aquí las ventajas de ser autónomo o constituir una sociedad.
Ver más
Mercantil
Mercantil
Quiero comprar un edificio en Barcelona como inversión…  ¡Ojo, con los derechos de tanteo y retracto de la administración catalana!
Inmobiliario e hipotecario
Descubre que derechos reconoce la normativa autonómica catalana cuando se producen determinadas transmisiones, con especial referencia a los derechos de tanteo y retracto en el caso de la venta de viviendas arrendadas.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué es eso de la declaración de actividades potencialmente contaminantes del suelo y cómo afecta a mi inmueble?
Inmobiliario e hipotecario
La nueva Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, introduce un conjunto de reformas que explicamos en este artículo.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Novedades de 2022 en materia de parejas de hecho
Familia
El Tribunal Supremo ha tenido la oportunidad de dictar una sentencia, en el mes de marzo de 2022, en la que de nuevo se vuelve a recordar la importancia de formalizar adecuadamente esta institución
Ver más
Familia
Familia
¿Es un buen momento para cambiar mi hipoteca a otra entidad bancaria?
Inmobiliario e hipotecario
Aquí encontrarás una guía práctica con información de interés a tener en cuenta al plantearse la posibilidad de cambiar tu hipoteca de entidad bancaria.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Planifica tu futuro: igual que existe la medicina preventiva también existe el derecho preventivo
Actas y poderes
Encuentra las actuaciones que cualquier persona debería realizar para asegurar que, en un futuro, su persona y sus bienes estarán correctamente atendidos.
Ver más
Actas y poderes
Actas y poderes
¿Qué es eso de la legítima?  Y lo que es más importante, tener presente sus posibles repercusiones fiscales a la hora de recibirla.
Sucesiones y donaciones
En este breve artículo te explico las repercusiones fiscales para los legitimarios en función de cómo se lleve a cabo este pago de la legítima por parte del heredero.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Guía práctica (paso a paso) para tramitar una herencia
Sucesiones y donaciones
Una guía sencilla y práctica para que cualquier interesado sepa cómo debe proceder para aceptar y tramitar la herencia correspondiente.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Breve recopilatorio de las ventajas o beneficios fiscales que existen actualmente sobre la vivienda habitual
Fiscal
En este breve artículo explico de forma comprensible todos los beneficios o ventajas fiscales que hoy en día según nuestra legislación fiscal sobre la vivienda habitual.
Ver más
Fiscal
Fiscal
El juicio de capacidad de los notarios: ¡Más importante que nunca!
Familia
El año 2021 nos ha traído una verdadera revolución en nuestro ordenamiento jurídico para proteger al más débil a la hora de ejercitar sus derechos y obligaciones.
Ver más
Familia
Familia
Padres que quieren ayudar a sus hijos en la compra de su vivienda habitual: Fórmulas posibles y sus consecuencias
Inmobiliario e hipotecario
Te explico las tres grandes vías a través de las cuales unos padres pueden ayudar a sus hijos a conseguir la financiación necesaria para la adquisición de su vivienda habitual, prestando, a tal efecto, “garantías extras”.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Cómo tributa la extinción de condominio?
Fiscal
Varias personas pueden compartir una propiedad. ¿Pero qué ocurre con la tributación al disolverse esta comunidad? Te explico aquí los efectos con ejemplos prácticos.
Ver más
Fiscal
Fiscal
Por qué y cómo nos afecta la nueva reforma fiscal a la hora de comprar, donar o heredar un inmueble
Fiscal
Te informamos sobre la reforma fiscal que modifica las reglas de cálculo de la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Ver más
Fiscal
Fiscal
"La NUEVA plusvalía municipal”
Fiscal
Infórmate de todos los aspectos a tener en cuenta en relación a la nueva regulación del impuesto conocido popularmente como “plusvalía municipal” a la luz de todos los hechos y reformas normativas acontecidas recientemente en este año 2021.
Ver más
Fiscal
Fiscal
Presente y futuro de la constitución de sociedades
Mercantil
Infórmate de todos los aspectos de actualidad, presente y futura, que cualquier interesado debe tener en cuenta a la hora de constituir una sociedad o al adquirir una ya constituida.
Ver más
Mercantil
Mercantil
¿Qué ha pasado con la NOTARIA DIAGONAL 550 en Barcelona?
Otros diversos
La marca Notaria Diagonal 550 ha dejado de existir como tal. Desde ahora los trámites notariales se gestionarán de forma diferente. Encuentra aquí toda la información relacionada.
Ver más
Otros diversos
Otros diversos
Si lo deseas ya puedes hacer la jura o promesa de nacionalidad española ante notario
Actas y poderes
Infórmate aquí sobre todos los trámites que debes realizar para obtener la nacionalidad y sobre la nueva posibilidad de hacer la jura ante notario.
Ver más
Actas y poderes
Actas y poderes
Cancelación anticipada de hipoteca y pérdida financiera. Esa gran desconocida
Inmobiliario e hipotecario
Encuentra aquí toda la información sobre comisiones o compensaciones que debes abonar a tu entidad financiera al cancelar anticipadamente tu hipoteca.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
El matrimonio homosexual en España y la posibilidad de casarse hoy en día ante notario
Familia
El siglo XXI sin duda empezó y continúa con grandes avances en el ámbito civil, un ejemplo claro de ello es el matrimonio homosexual en España y la posibilidad de casarse hoy en día ante notario.
Ver más
Familia
Familia
Limitaciones a la transmisión de inmuebles en la ciudad de Barcelona: Derecho de tanteo y retracto de la administración catalana
Inmobiliario e hipotecario
El mercado inmobiliario en Cataluña, y concretamente la ciudad de Barcelona, cada vez se encuentra con más limitaciones o restricciones normativas. En este breve artículo comentamos todos los puntos a tener en cuenta.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Estoy pensando en comprar o vender un inmueble alquilado… ¿qué derechos tiene el inquilino?
Inmobiliario e hipotecario
El presente artículo tiene por objeto exponer todas aquellas cuestiones que, tanto comprador como vendedor, deben tener en cuenta en el caso de que el inmueble objeto de transmisión se halle arrendado a un tercero.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Quiero comprar una vivienda sobre la que existe una hipoteca y la quiero cancelar… ¿Cómo he de proceder y quién asume los gastos de esa cancelación?
Inmobiliario e hipotecario
Se trata de una de las cuestiones que mayor nerviosismo e interés genera en las partes intervinientes en una compraventa inmobiliaria, especialmente en el comprador de una vivienda.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Tengo que pagar “siempre” la plusvalía municipal cuando vendo mi vivienda?
Inmobiliario e hipotecario
Todo lo que tienes que saber sobre la plusvalía municipal [Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana] cuando vendas tu vivienda.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Quién paga el IBI [Impuesto de Bienes Inmuebles] en el año que se produce la compraventa?
Inmobiliario e hipotecario
Descubre toda la información sobre está cuestión que suele causar confusión entre los otorgantes de una escritura de compraventa.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
El certificado de deudas con la comunidad de propietarios
Inmobiliario e hipotecario
Toda la información relevante sobre el certificado de deudas con la comunidad de propietarios
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?
Inmobiliario e hipotecario
Te explicamos todos los detalles a tener en cuenta sobre el Certificado de Eficiencia Energética de un inmueble
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué es el certificado de aptitud del edificio?
Inmobiliario e hipotecario
Te informamos sobre las inspecciones técnicas a tener en cuenta para conseguir el certificado de aptitud de un edificio
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué es la cédula de habitabilidad?
Inmobiliario e hipotecario
¿Qué es la cédula de habitabilidad y cómo se puede obtener? Te informamos sobre todas las características importantes.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Vieja controversia sobre la cancelación de hipoteca: ¿Cómo debe cobrarla el notario y quién debe asumir su coste: deudor o banco?
Inmobiliario e hipotecario
Entienda qué es la cancelación registral de su hipoteca, cómo se realiza y cuánto le va a costar.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
La tasación de un inmueble: La importancia de hacerlo bien a la hora de pedir un préstamo hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Una tasación hipotecaria es una valoración de un inmueble. A través de esta valoración, la entidad financiera sabe cuál es el valor del bien que garantiza la devolución del préstamo.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
La fiscalidad de un préstamo hipotecario a lo largo de su vida: Constitución, novación, subrogación y cancelación
Inmobiliario e hipotecario
La formalización de un préstamo hipotecario por parte de una entidad financiera es una operación sujeta y exenta de IVA que tributa por Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Infórmate correctamente sobre las comisiones bancarias antes de firmar tu préstamo hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
En este artículo se pretenden explicar a fondo las posibles comisiones bancarias que aparecen en un contrato de préstamo hipotecario formalizado ante notario.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Hacer un testamento en Cataluña en tiempo de coronavirus (alternativas al testamento abierto ante notario)
Sucesiones y donaciones
Cómo firmar correctamente un testamento en Cataluña durante la fase de confinamiento por la Covid-19
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
¿En qué consiste un "Préstamo ICO" con el que el gobierno pretende salir al rescate de empresas y autónomos frente al Covid-19?
Mercantil
El gobierno pretende salir al rescate de empresas y autónomos con los préstamos ICO. ¿En qué consisten y cuales son las ventajas y los riesgos?
Ver más
Mercantil
Mercantil
¿Qué tipo de hipoteca te conviene? ¿Interés fijo, variable o mixto?
Inmobiliario e hipotecario
Los tipos de interés hipotecario de manera fácil y clara y te recomendamos la mejor opción actualmente. Descubre el tipo de hipoteca que más te conviene.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Repositorio actualizado de toda la normativa existente sobre la contratación de un préstamo hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
Entiende el marco normativo de la formalización de préstamos hipotecarios de manera clara, sencilla y resumida para poder abordar el tema con conocimiento
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¡Menos de un mes para la entrada en vigor de la nueva ley de crédito inmobiliario!
Inmobiliario e hipotecario
La regulación de préstamos y créditos hipotecarios española ha sido objeto de una IMPORTANTE ACTUALIZACIÓN con motivo de su obligatoria adaptación a la normativa europea.
Ver más
Inmobiliario e hipotecario
Inmobiliario e hipotecario
¿Olvidaste incluir bienes en la herencia? - Adición de herencia
Sucesiones y donaciones
Con la adición herencia, puedes incluir nuevos bienes o derechos no explicitados en la escritura de aceptación y partición de herencia inicial. Cómo hacerlo y qué tener en cuenta.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
¿Puedo renunciar a una herencia? Averigua cómo hacerlo y sus consecuencias
Sucesiones y donaciones
Si bien la aceptación de la herencia suele ser un hecho positivo, a veces las personas deciden renunciar a ella. Descubre cuáles son sus consecuencias y cómo hacerlo.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
¿Cómo realizar la aceptación y partición de la herencia?
Sucesiones y donaciones
La aceptación y partición notarial de la herencia se realiza tras la muerte de un familiar directo. Te explicamos cómo se realiza la escritura, sus distintos tipos y costes.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Pacto sucesorio: Designar sucesor y distribuir bienes y derechos en vida
Sucesiones y donaciones
El pacto sucesorio es una alternativa al testamento. Permite designar un sucesor y distribuir tus bienes y derechos en vida. Conoce sus beneficios y condiciones.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Testamento vital o voluntades anticipadas
Sucesiones y donaciones
Si sufres un accidente o una enfermedad grave, puedes asegurarte cómo quieres que decidan por ti. Qué es un testamento vital o voluntad anticipada y cómo obtenerlo.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Sucesión intestada: ¿Qué ocurre si muero sin testamento?
Sucesiones y donaciones
¿Te has preguntado qué sucede si mueres y no tienes testamento? Aquí te explicamos qué es la sucesión intestada y cuál es el rol del Estado cuando esto sucede.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
¿Por qué tener un testamento? Lo fácil y barato que resulta hacerlo
Sucesiones y donaciones
Elige tú el destino de tus pertenencias cuando fallezcas y que no sea la Ley quién lo haga por ti. Infórmate sobre todo lo que debes saber sobre tener un testamento.
Ver más
Sucesiones y donaciones
Sucesiones y donaciones
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Filtrar por: 
Para conceder préstamos de manera profesional hay que estar dado de alta en el Registro administrativo correspondiente
Febrero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 4 de febrero de 2024 (BOE de 21 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de préstamo hipotecario concedido por una sociedad mercantil que se dedica profesionalmente a ello, la cual no consta inscrita en el Registro especial creado por la Ley 2/2009, de 31 de marzo, en el Instituto Nacional del Consumo.

Calificada por este motivo la escritura, la DG confirma el defecto, resolviendo que, cualquier sociedad que se dedique a la concesión de préstamos de manera profesional a favor de consumidores, además de su inscripción en el Registro de Prestamistas del Banco de España, es necesaria su inscripción en el Registro especial creado por la Ley 2/2009, de 31 de marzo, en el Instituto Nacional del Consumo (o, en su caso, debidamente inscrita en el Registro de la Comunidad Autónoma donde tuviera su domicilio social, junto con la correspondiente notificación al Registro del Instituto Nacional de Consumo).

Fusión por absorción e informe a los trabajadores. Supuestos en los que se puede prescindir del mismo
Febrero 2025
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 16 de diciembre de 2024 (BOE de 7 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de fusión de dos SL, siendo la sociedad absorbida una SLU íntegramente participada por la absorbente, en la cual, no se aporta informe de administradores ni de experto independiente, pues se hace constar que la SLU absorbida carece de trabajadores y por lo tanto la fusión no tiene efectos sobre el empleo.

Presentada a inscripción, el Registrador mercantil la califica negativamente, alegando que es necesario poner igualmente a disposición de los trabajadores el informe del órgano de administración a que se refiere el art. 5 del RD-ley 5/2023.

Recurrida la calificación indicada, la DG revoca la misma, resolviendo que, atendiendo a las concretas circunstancias del caso (esto es, que la sociedad absorbida carece de trabajadores, que está íntegramente participada por la absorbente y que se hace constar que la fusión no produce efecto alguno sobre el empleo de la absorbente), en este caso no es necesario aportar el informe en cuestión.

Comunidades de vecinos y limites al uso de las viviendas en el edificio. Diferencias entre alquiler turístico regulado sectorialmente y actividades turísticas en términos generales
Febrero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 6 de febrero de 2024 (BOE de 21 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de modificación de régimen de propiedad horizontal, mediante la cual, se introduce una nueva cláusula estatutaria en los estatutos de la comunidad de propietarios para limitar el uso de las viviendas a oferta turística o cualquier otro modo de comercialización con fines de alojamiento turístico, siendo aprobado este acuerdo por una mayoría de 3/5 partes de la comunidad.

Presentada a inscripción en el Registro, la escritura es calificada negativamente, pues considera el Registrador que para adoptar el acuerdo, es necesaria la unanimidad del mismo, pues la excepción de la LPH que permite limitar el uso de viviendas turísticas reguladas en la normativa sectorial turística, sin la regla de la unanimidad, no es extensible a acuerdos relativos a otro tipo de usos turísticos genéricos, como son el de hospedería o de viviendas turísticas en régimen distinto al específico derivado de la normativa sectorial turística (esto es, por ejemplo, el alquiler vacacional).

La DG, confirmando el criterio del Registrador, nos recuerda que la actual LPH permite limitar por mayoría de 3/5 el ejercicio de actividades turísticas en los términos establecidos en la normativa sectorial turística, pero no al uso turístico en general cuando no esté sometido a un régimen específico de normativa sectorial (como el de hospedaje, o el vacacional), en cuyo caso, se requerirá la unanimidad de todos los copropietarios para establecer dicha limitación.

Préstamo hipotecario de sociedad mercantil a un empleado. Requisitos para sujeción, o no, a LCI
Febrero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 30 de diciembre de 2024 (BOE de 6 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de préstamo hipotecario entre una sociedad mercantil y un empleado suyo, la cual se formaliza sin sujetarse a las previsiones y garantías de la LCI, pues en dicha escritura se alega que la empresa no tiene como objeto social la concesión habitual de préstamos y que, asimismo, el préstamo se concede en condiciones más ventajosas que las de mercado dada la relación de confianza que existe con el deudor por el hecho de ser este empleado de la compañía.

La Registradora de la Propiedad deniega la inscripción, lo que lleva el caso a la DG, la cual, reiterando su doctrina, nos recuerda que, en esta clase de operaciones, si el PH lo concede una persona jurídica que interviene con cierta habitualidad en el mercado financiero, a favor de una persona física, que tiene la condición de consumidora, y que se garantiza con hipoteca sobre una vivienda, será de aplicación la LCI, salvo que se trate de un préstamo concedido por un empleador a su empleado (lo cual deberá acreditarse documentalmente), a título accesorio, cuya Tasa Anual Equivalente es inferior a la del mercado, y que no se ofrece al público en general.

Finalmente, como en el caso concreto, no se ha acreditado documentalmente la condición de empleado, y tampoco detallado la TAE de la operación, se confirma la nota de calificación de la Registradora.

Interpretación de poderes bancarios cuando el juicio de suficiencia debe ser complementado por un documento privado del poderdante
Febrero 2025
Actas y poderes

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 4 de febrero de 2024 (BOE de 21 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa, donde un banco vende una vivienda de su propiedad a un tercero. La controversia del caso nace del hecho de que el banco, en la CV, comparece representado por una gestoría, en virtud de un poder en el cual se establece que, para este caso de ventas, se deberá aportar una autorización específica para la venta (en documento privado suscrito por representantes del banco), con sus firmas legitimadas notarialmente. En el caso en concreto, se presenta esta autorización del banco, las firmas de la cual son legitimadas por el Notario por ser coincidentes con otras que de ellas constaban en su libro indicador.

Presentada a inscripción la escritura, el Registrador deniega la inscripción, alegando que la legitimación de firma realizada por el Notario es nula, ya que la misma, al tratarse de una declaración de voluntad, debería realizarse a presencia del Notario (apartado segundo del art. 259 RN).

Examinado el caso por la DG, esta discrepa de la opinión del Registrador y revoca la nota de calificación, considerando que debe primar la agilidad en el tráfico jurídico, así como la libertad de elección de los mecanismos de control interno de la entidad poderdante y sus actos propios en multitud de casos análogos, de modo que, a la vista de ello, procede aceptar como válida la legitimación de firmas realizada por el Notario, esto es, por cotejo, sin que sea necesario que la legitimación se realice por firma en presencia del Notario.

Acta notarial de Junta ¿Quien puede realizar el requerimiento al Notario?
Febrero 2025
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) enlace a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia número 260/2024, de 19 de noviembre, donde se resuelve un caso curioso, relativo a la solicitud de presencia de Notario para levantar acta notarial de Junta, analizando quien tiene legitimidad para realizar dicho requerimiento.

En el caso concreto, se trata de una sociedad inmersa en un conflicto societario, donde el requerimiento al Notario se realiza por el Presidente del Consejo de Administración, resolviendo el Tribunal que, en efecto, esta competencia corresponde al consejo de administración como órgano colegiado, tal y como establece el art. 203 LSC (“los administradores”).

En los préstamos hipotecarios a personas jurídicas es obligatorio para el deudor detallar tanto un domicilio físico como un Email de la sociedad
Febrero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 30 de diciembre de 2024 (BOE de 6 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de préstamo hipotecario entre dos sociedades mercantiles, en la cual, como domicilio de la sociedad deudora, solo se detalla un Email, y no un domicilio físico a efectos de notificaciones y requerimientos.

Inicialmente, la Registradora de la Propiedad deniega la inscripción por este motivo, siendo este criterio confirmado por la Dirección General, resolviendo así que, de conformidad con la LEC actual, en el caso de las personas jurídicas, es obligatorio tanto la constancia de un domicilio físico como el de una dirección de correo electrónico.

Diferencias entre la división o segregación de un elemento privativo de una finca sujeta a propiedad horizontal y su división funcional, y las implicaciones que ello tiene a nivel autorizaciones de la comunidad de vecinos
Febrero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 5 de febrero de 2024 (BOE de 21 de febrero de 2025), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa en la cual se vende una participación indivisa del 10,27% de una finca, que da derecho al uso exclusivo de un trastero. En la escritura de CV se detalla que la parte vendedora ha distribuido el local en 10 trasteros independientes con el objetivo de su transmisión por participaciones, contando para ello con los correspondientes permisos municipales.

Presentada a inscripción la escritura, la misma es calificada negativamente por el Registrador, alegando que estamos ante una división de la finca, para lo cual, se requiere el correspondiente acuerdo de la comunidad de propietarios, al tratarse de un inmueble sujeto a régimen de propiedad horizontal.

Presentado el correspondiente recurso ante la DG, esta revoca la nota de calificación, considerando que en este caso no estamos ante una división de la finca (pues no se modifica ni su extensión, linderos, cuotas, título constitutivo y no afecta al funcionamiento orgánico de la comunidad), sino ante una comunidad de carácter funcional por razón de destino en la que simplemente se incorporan nuevos copropietarios a la comunidad de vecinos, de modo que, no estando ello prohibido por los estatutos de la comunidad, no se requiere el acuerdo de la comunidad exigido por el Registrador.

Novedades para la convocatoria de junta general de sociedades mercantiles en crisis
Febrero 2025
Mercantil

De entre las muchas novedades que nos trae la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (AQUÍ), en materia mercantil es interesante destacar una modificación del art. 365.3 LSC, en virtud del cual “Los administradores no estarán obligados a convocar junta general para que adopte el acuerdo de disolución cuando hubieran solicitado en debida forma la declaración de concurso de la sociedad o comunicado al juzgado competente la existencia de negociaciones con los acreedores para alcanzar un plan de reestructuración del activo, del pasivo o de ambos. La convocatoria de la junta deberá realizarse en el plazo de dos meses desde que dejen de estar vigentes los efectos de esa comunicación”.

Con esta reforma, se concede un plazo de dos meses para convocar la JGA (esto es, más margen para gestionar la situación de crisis empresarial), desde que dejen estar vigentes los efectos de la comunicación al juzgado conforme se inician negociaciones con los acreedores para alcanzar un plan de reestructuración, pues hasta la fecha, con la anterior redacción, los administradores debían convocar la junta de forma inmediata tras fracasar las negociaciones con los acreedores, en caso de concurrir causa de disolución.

Nueva normativa en materia de arrendamientos en Cataluña
Febrero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se enlaza (AQUÍ) con el Decret llei 1/2025, de 28 de gener, de mesures urgents en matèria de contenció de rendes, que introduce importantes novedades en materia de arrendamientos de viviendas para el ámbito catalán. En concreto:

  • Se introducen nuevas obligaciones en materia de publicidad de anuncios de alquiler de viviendas (como detalle de la última renta del inmueble alquilado durante los últimos 5 años, la finalidad del contrato, o la condición de gran tenedor del propietario de la vivienda).
  • Se introducen sanciones muy graves (de 90.000 a 900.000 euros) a las siguientes conductas:
    • Establecer una renta que supere más del 30% máximo permitido en un contrato de arrendamiento sujeto a régimen de contención de precios.
    • No hacer constar la finalidad (o hacer constar una simulada/falsa) en el contrato de arrendamiento.
    • Repercutir gastos de gestión inmobiliaria o de formalización del contrato al arrendatario.
  • Persecución del fraude de viviendas destinadas a alquiler permanente que se enmascaran con contratos de alquiler “de temporada”, con imposición de fuertes sanciones.

Asimismo, se hace referencia al Decreto ley 2/2025 (AQUÍ se puede consultar), que en el ámbito de Cataluña establece un nuevo derecho de tanteo y retracto a favor de la administración en caso de transmisiones de viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado, cuando el vendedor sea un gran tenedor persona jurídica ( debiéndose tener en cuenta que hasta que no se ponga en marcha el Registro de personas grandes tenedores, la norma obliga a que, cuando el vendedor sea persona jurídica, se deba incorporar a la escritura de compraventa una certificación registral en la que se detallen el número de viviendas que son propietarios, la cual se deberá testimoniar en el título ).

Conflicto societario y nombramiento de auditor voluntario. Requisitos para su inscripción
Enero 2025
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 28 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a la solicitud de inscripción del nombramiento de un auditor voluntario por parte de una SL.

Sociedad inmersa en un conflicto societario, en el cual, uno de los socios minoritarios ha solicitado el nombramiento de auditor, el cual se halla pendiente de resolución por parte de la DG. Posteriormente, es la sociedad la que solicita la inscripción del nombramiento de auditor voluntario, lo cual es rechazado inicialmente por el Registrador Mercantil, al existir esta solicitud previa por parte del socio minoritario.

Interpuesto el correspondiente recurso, la DG revoca la nota de calificación por lo que a esta circunstancia se refiere, alegando que su más reciente doctrina (vid. Resoluciones de 18 y 20 de abril de 2024), en virtud de un principio de efectividad, si resulta acreditado el nombramiento voluntario de auditor por la sociedad, aunque este sea posterior a la solicitud del socio minoritario, aquél debe prevalecer (aunque la solicitud del socio minoritario sea anterior), y más en este caso, donde la solicitud del socio minoritario aún no se ha resuelto.

Sesión formativa sobre las Resoluciones más destacadas del año 2024
Enero 2025
Otros diversos

Se adjunta (AQUÍ) enlace a una muy interesante sesión formativa, en formato video, organizada por la Fundación Notariado, donde se realiza un análisis y estudio de las Resoluciones esenciales de 2024 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en diversas materias propias de Derecho civil, mercantil e hipotecario, poniendo el foco en aspectos prácticos de redacción de escrituras.

NIF revocado y acceso al Registro. Se confirma que lo relevante es la situación en el momento en que el documento accede al Registro (y no cuando se otorga)
Enero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa de un inmueble, formalizada en 2008, la cual se pretende inscribir en 2024, momento en que la sociedad vendedora tiene el NIF revocado, lo que provoca la correspondiente calificación negativa del Registrador.

El representante de la sociedad interpone recurso contra dicha calificación, alegando que, en esencia, cuando se otorga la escritura, la sociedad tiene el NIF vigente, y norma que regula la imposibilidad de inscribir transmisiones de sociedades con NIF revocados aún no estaba en vigor, de modo que su aplicación ahora supone la aplicación retroactiva de una norma desfavorable, proscrita por la Constitución.

La DG, en este caso, reitera su criterio pacífico, considerando que la prohibición de acceso de documentos correspondientes a sociedades con NIF revocado es plenamente válida y aplicable a documentos autorizados con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, pues el acceso al Registro se pretende ahora, con la norma ya en vigor.

Consecuencias fiscales de la no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024:
Enero 2025
Fiscal

Se informa de que el Real Decreto-ley 9/2024 (AQUÍ se puede consultar), conocido como “Decreto Omnibus” no ha sido convalidado por el Congreso, de modo que la disposición ha quedado derogada. Como consecuencia de ello, en el ámbito fiscal, es necesario destacar las siguientes medidas quequedan sin efecto:

  • IRPF y obligación de declarar: Elevación a 2.500€ (desde 1.500€) del importe que puede percibirse de los segundos y ulteriores pagadores para que el límite máximo anual que fija la obligación de declarar por rendimientos del trabajo sea de 22.000€.
  • IRPF: Prórroga para 2025 las deducciones fiscales en materia de obras de mejora energética de viviendas y por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y puntos de recarga.
  • Plusvalía municipal (IIVTNU): Aprobación de nuevos coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor. En la práctica suponía un incremento de hasta más del 50% (se enlaza AQUÍ noticia periodística al respecto).
Desvinculación ob rem de fincas y su relación con la autorización administrativa de la edificación
Enero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de desvinculaciónob rem, para dejar sin efecto una vinculación de unas determinadas plazas de garaje en relación a un edificio plurifamiliar.

Presentada a inscripción la escritura, la Registradora de la Propiedad la deniega, alegando que en este caso, es necesario acreditar el consentimiento de la administración a dicha desvinculación, al haberse configurado la vinculaciónob rem como una condición especial para la concesión de la licencia de primera ocupación (clásica normativa urbanística que obliga a que los edificios de obra nueva cuenten con una plaza de aparcamiento).

La DG confirma el criterio de la Registradora, siendo necesario presentar el documento administrativo que corresponda (como la licencia de obras) para acreditar que la administración no pone o no puso en su momento ninguna condición al respecto para la concesión de la pertinente autorización administrativa.

CNAEs para 2025
Enero 2025
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) enlace al Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), aplicable para nuevas constituciones o cambios de objeto social formuladas a partir del 16 de enero de 2025, esto es, su entrada en vigor.

Sobre su aplicación práctica en el entorno CIRCE, se ha comunicado que CIRCE, por el momento, no puede aplicar los nuevos códigos CNAE 2025, estando pendiente de su coordinación y análisis con la AEAT, por lo que para este tipo de sociedades siguen con la anterior codificación.

Para el resto de sociedades, se debe hacer constar la nueva codificación. Desde algún registro mercantil se ha solicitado a las notarías que transitoriamente se hagan constar las dos numeraciones, CNAE 2009 y CNAE 2025, por falta de adaptación de sus sistemas informáticos.

Prestaciones accesorias en estatutos sociales y su relación con un protocolo familiar
Enero 2025
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de modificación de estatutos sociales, en la cual, se introduce un nuevo artículo estatutario, relativo a una prestación accesoria, en virtud de la cual se establece que todos los socios quedan obligados a una prestación accesoria no retribuida consistente en el cumplimiento de un Protocolo Familiar que consta en una escritura pública (que se identifica en concreto), pero sin detallar su contenido.

Inicialmente, el Registrador mercantil deniega la inscripción de la cláusula estatutaria alegando que el contenido de la prestación accesoria no se detalla, pues simplemente se remite al Protocolo Familiar, el cual no consta inscrito ni depositado en el Registro Mercantil.

Interpuesto el correspondiente recurso, la DG revoca la calificación, determinando que lo relevante en estos casos es dar publicidad de la existencia del Protocolo Familiar, de modo que todos los socios presentes y futuros tengan la posibilidad de conocer la existencia de este y, en su caso, acceder a su contenido a través de las vías legales existentes.

La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida constituye hecho imponible del ISD
Enero 2025
Fiscal

Se adjunta (AQUÍ) enlace a un flash fiscal relativo a la Consulta de la DGT V1822-24 (AQUÍ se puede consultar), en la que la DGT resuelve una consulta relativa a la liquidación de los seguros de vida, recordando que la percepción de cantidades derivadas de la contratación de un seguro de vida, siempre que el perceptor sea persona distinta del tomador del seguro, estará sujeta al Impuesto de Sucesiones, siendo su base imponible las cantidades percibidas por este concepto (que se acumularán a los demás bienes y derechos hereditarios), siendo el sujeto pasivo el perceptor de dichas cantidades.

Es necesaria la intervención de todos los herederos en la partición de la herencia
Enero 2025
Sucesiones y donaciones

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 19 de noviembre de 2024 (BOE de 18 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de aceptación y adjudicación de herencia, en la cual, no concurren todos los herederos.

En este caso, la DG resuelve que, en efecto, la no concurrencia de todos los herederos quiebra el principio de que la partición de la herencia se debe realizar por todos los coherederos por unanimidad, de modo que es necesario que en la partición concurran todos los llamados para que cada derecho hereditario en abstracto se convierta en titularidades singulares y concretas sobre los bienes del caudal hereditario.

Valor probatorio de las notas simples del Registro de la Propiedad
Enero 2025
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) enlace a una interesante sentencia del Tribunal Supremo, en concreto, la STS 5882/2024, de 20 de noviembre, en la que el Alto Tribunal confirma la validez y suficiencia de la nota simple informativa del Registro de la Propiedad como prueba suficiente del dominio, permitiendo así reforzar el pleno valor probatorio de estos documentos por lo que se requiere al contenido registral, tanto en actos judiciales como extrajudiciales.

Así pues, se confirma cómo, cualquier persona con un derecho inscrito en el Registro de la Propiedad, puede acreditarlo válidamente ante terceras personas obteniendo una nota simple registral, con un coste de tan sólo 10 euros aproximadamente.

Inscripción de inmueble en el Registro de la Propiedad a favor de una sociedad civil con objeto no mercantil
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 18 de noviembre de 2024 (BOE de 18 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa, en la cual, la parte compradora es una sociedad civil, formalizada inicialmente en documento privado, y posteriormente elevado a público (pero sin inscripción en el Registro Mercantil), cuyo objeto es la explotación de la actividad agrícola/ganadera.

Presentada a inscripción, el Registrador de la Propiedad deniega la inscripción, alegando que cuando la sociedad civil tiene objeto mercantil, es imprescindible que, para poder practicar inscripciones de titularidades sobre bienes inmuebles a su favor en el registro de la propiedad, conste previamente inscrita en el registro mercantil, considerando el Registrador que, en el presente caso, el objeto de la sociedad es la explotación agrícola/ganadera, esto es, una clara actividad mercantil.

Interpuesto el correspondiente Recurso, la DG revoca la nota de calificación, considerando que la sociedad compradora se trata de una sociedad civil formalizada en escritura pública, regularmente constituida, con un objeto no mercantil (art. 326 del Código de Comercio), de modo que procede practicar la inscripción solicitada a nombre de la sociedad civil compradora.

Resolución de contrato de compraventa e inscripción en el Registro de la Propiedad cuando existen acreedores con derechos inscritos
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 4 de noviembre de 2024 (BOE de 22 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a la inscripción de una sentencia judicial donde se declara resuelta una compraventa.

El supuesto parte de una compraventa (donde el comprador, para financiar la compra, pide un préstamo hipotecario, el cual se inscribe en el momento de formalizar esa compraventa). Formalizada la compraventa, surgen desavenencias entre las partes, las cuales acaban con su conflicto judicializado. Este procedimiento judicial concluye declarando resuelta la compraventa, esto es, dejándola sin efecto, debiendo las partes restituirse las recíprocas prestaciones (esto es, la propiedad al vendedor y el precio pagado al comprador).

Presentada esta sentencia a inscripción en el Registro de la Propiedad, se plantea la interesante posición del acreedor hipotecario, que ha inscrito su derecho de forma legítima antes de que toda esta contienda surja y se resuelva.

Llegados a este punto, la DG, alineándose con el criterio de la Registradora, resuelve que, en estos casos, para poder inscribir la resolución de la compraventa (esto es, que la casa deje de estar a nombre del “comprador” vuelva a estar inscrita a nombre del “vendedor”), será necesario, en primer lugar, acreditar la consignación de las cantidades debidas y, sobre todo, acreditar el consentimiento del banco acreedor (es decir, el banco titular del derecho real de hipoteca tendrá que consentirlo), pues al no contar anotada la demanda al tiempo de la aparición del titular registral de la hipoteca, por mandato imperativo de la Ley Hipotecaria (artículos 20, 37, 40 y 82) queda impedida la cancelación o modificación de los asientos de titulares posteriores sin su consentimiento expreso o tácito, voluntario o forzoso.

Así pues, mucho cuidado en estas situaciones litigiosas, pues más allá de la victoria judicial, se deberá negociar con el banco acreedor para conseguir que esa deuda se cancele y este consienta la inscripción de la resolución de la compraventa, pues en caso contrario, ello no será posible, y la victoria judicial quedará desdibujada.

Compraventa de inmueble por sociedad y activo esencial
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 6 de noviembre de 2024 (BOE de 22 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa, en el que la parte vendedora es una sociedad. En la escritura de compraventa no consta manifestación de la sociedad vendedora acerca del carácter no esencial del activo transmitido y tampoco se acompaña acuerdo de Junta General.

Presentada a inscripción, el Registrador de la Propiedad deniega esta, considerando que se requiere acuerdo de Junta General (que no se aporta) para la adquisición o enajenación de un activo social que pueda tener la consideración de esencial.

Presentado el recurso correspondiente, la DG resuelve el mismo revocando la nota de calificación, reiterando así su doctrina conforme a la cual no existe ninguna obligación de aportar un certificado o de hacer una manifestación expresa por parte del administrador de que el activo objeto del negocio documentado no es esencial, si bien con la manifestación contenida en la escritura sobre el carácter no esencial de tal activo se mejora la posición de la contraparte en cuanto a su deber de diligencia y valoración de la culpa grave. No obstante, la omisión de esta manifestación expresa no es por sí defecto que impida la inscripción.

Sociedades extranjeras no inscritas y juicio de suficiencia. Será necesario hilar muy fino
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 25 de septiembre de 2024 (BOE de 7 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de formalización de transmisión de garantías hipotecarias, en la cual, lo más interesante, es todo lo relativo a la reseña del poder notarial que faculta al representante de una sociedad extranjera no inscrita.

El supuesto versa en concreto sobre una escritura de cesión de garantías hipotecarias, donde la sociedad cesionaria (irlandesa y no inscrita en España), está representada en el acto por un apoderado. El Notario autorizante, al realizar la reseña del poder especial, simplemente la identifica (con fecha y nombre del Notario autorizante) y afirma que la considera suficiente para el otorgamiento.

Presentada a inscripción, el Registrador al cual se presenta la escritura considera que la reseña del apoderamiento es insuficiente, criterio que es confirmado por la Dirección General, la cual, en su Resolución, determina que los poderes de las sociedades extranjeras, al no estar inscritas, les es aplicable la doctrina de la STS de 1 junio 2021 para los poderes no inscritos de sociedades españolas inscritas, de modo que el notario autorizante debe, bajo su responsabilidad, comprobar de forma rigurosa la validez y vigencia del poder otorgado por dicha sociedad y dejar constancia de que ha desarrollado tal actuación, de forma que la reseña del documento auténtico del que resulta la representación exprese las circunstancias que, a juicio del notario, justifican la validez y vigencia del poder en ejercicio del cual interviene el apoderado.

Así pues, en concreto, en el juicio de suficiencia del poder, deberá constar la identidad del concedente del poder, sus circunstancias personales, y si el mismo ostenta un cargo orgánico o no en la sociedad.

Cancelación anticipada de préstamos hipotecarios. Valores a tener en cuenta para saber si he de pagar o no una compensación al banco
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

A la vista de las múltiples consultas que genera esta materia, esto es, posibles comisiones que deben pagar los clientes bancarios cuando quieren amortizar, total o parcialmente, de forma anticipada, sus préstamos hipotecarios, se adjunta (AQUÍ) la Resolución de 2 de diciembre de 2024, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

En este sentido, recordar que las hipotecas firmadas después del 9 de diciembre de 2007, en caso de cancelación anticipada (total o parcial), la entidad financiera, además de la compensación o comisión por cancelación, podrá cobrar una cantidad en concepto de compensación por riesgo de tipo de interés. Para calcular el límite máximo a cobrar, se deberá tener en cuenta la fórmula matemática que regula la legislación aplicable, para lo cual, se necesitarán tener en cuenta los valores publicados en esta Resolución, la cual se recuerda que se actualiza mensualmente.

En todo caso, si se desea obtener más información sobre este cálculo, AQUÍ también puede acceder a un artículo de nuestro blog, el cual ha tenido una gran difusión, donde podrá encontrar información práctica sobre cómo realizar estos cálculos y comprobar si el banco está aplicando correctamente las comisiones que se pueden o no cobrar.

Mucho cuidado con las prohibiciones de disponer administrativas o penales, pues impiden la inscripción de la compraventa de un inmueble, aunque esta sea anterior
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 9 de octubre de 2024 (BOE de 15 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa de un inmueble sobre la que pesa una prohibición de disponer que consta en una anotación preventiva ordenada por la Hacienda Pública, la cual se practica después de que se hubiere otorgado la escritura de compraventa.

En concreto, se trata de una escritura de venta otorgada el día 21 de diciembre de 2023 que se presentó en el Registro el día 8 de mayo de 2024. No obstante, con anterioridad a esta fecha, el día 12 de abril de 2024, se practicó sobre la finca objeto de venta una anotación preventiva de prohibición de disponer ordenada por la Hacienda Pública.

La DG, resolviendo el recurso presentado, reitera su doctrina negando la posibilidad de inscribir la venta, entendiendo que la eficacia preferente de las transmisiones anteriores a las prohibiciones de disponer no es aplicable en los procedimientos penales o administrativos, donde debe prevalecer el componente de orden público de las medidas cautelares adoptadas.

El Tribunal Supremo establece que las ‘mobile-home’ exigen licencia urbanística por ser asimilables a una casa prefabricada y no a un remolque
Diciembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) resumen de prensa de la STS 1917/2024, de 5 de diciembre, en la que la Sala III de nuestro Alto Tribunal resuelve que las ‘mobile-home’ exigen licencia urbanística por ser asimilables a una casa prefabricada y no a un remolque.

Así pues, para el Tribunal Supremo, serán las normas urbanísticas aplicables en cada caso las que legitimen la instalación de las casas móviles en un terreno, pues ello se justifica en una razón imperiosa de interés general como es la protección del medio ambiente y el entorno urbano.

Instrucción de comprobación de valores de bienes inmuebles para el año 2025 en Cataluña
Diciembre 2024
Fiscal

Se adjunta (AQUÍ) la Instrucción para la comprobación de los valores de los bienes inmuebles en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y en el impuesto sobre sucesiones y donaciones, que debe aplicarse a los hechos imponibles del año 2025.

Se recuerda que en las transmisiones de inmuebles que no tienen asignado valor de referencia o bien éste no puede ser certificado por la Dirección General del Catastro, la base imponible y, por tanto, el valor que debe constar en la autoliquidación, sin perjuicio de comprobación administrativa, será la mayor de las siguientes magnitudes: el valor declarado por las personas interesadas, el precio o la contraprestación pactada o el valor de mercado.

En estas transmisiones, la Administración tiene la facultad de comprobar que el valor de los bienes y derechos declarados en la autoliquidación no sea inferior al valor de mercado, para lo cual, se tomarán como referencia los valores que constan en dicha Instrucción.

Es posible constituir una SL con una sola participación social de 1 euro
Diciembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de octubre de 2024 (BOE de 22 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de constitución de una SL con una sola participación social de un euro de valor nominal.

El Registrador deniega la inscripción considerando que el hecho de que la SL constituida disponga de una sola participación contraviene los principios configuradores de la SL y su normal desenvolvimiento (considerando en definitiva que la LSC presume una división más amplia del capital social).

Presentado el correspondiente recurso, la DG se alinea con la Notario recurrente, revocando la nota de calificación, considerando que, al amparo de la autonomía de la voluntad del socio fundador, es admisible la constitución de esta SL de una sola participación social con valor nominal de 1 euro, pues no existe ningún precepto que lo prohíba.

Actas notariales en documentos digitales
Diciembre 2024
Actas y poderes

Se adjunta (AQUÍ) enlace a una interesante sesión práctica de formación impartida por el Notario de Madrid don Fernando Gomá, relativa a las actas notariales relacionadas con el mundo digital (actas de WhatsApp, de páginas web, de contenido en redes sociales, de depósito de documentos digitales, etc.).

Sesión práctica, en formato video, muy interesante, con notas a tener en cuenta al formalizar esta clase de documentos, donde incluso, podremos encontrar modelos de documento público para utilizar en estos casos.

Cuidado con los NIFs revocados cuando se pretende inscribir en el Registro de la Propiedad
Noviembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 18 de septiembre de 2024 (BOE de 6 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa, en el que la sociedad vendedora, al formalizar la escritura de compra, tiene el NIF vigente, pero que, cuando presenta el documento a inscripción en el Registro, éste le ha sido revocado.

La DG resuelve que, en efecto, para poder inscribir la transmisión en el Registro de la Propiedad, es necesario que el NIF de la sociedad esté vigente no sólo cuando se formaliza la escritura, sino también cuando se formaliza el acceso registral del documento.

Cese de director gerente de una sociedad municipal. Se requiere escritura pública
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 25 de septiembre de 2024 (BOE de 7 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo al cese de una directora gerente de una sociedad municipal, la cual pretende acceder al Registro Mercantil en base a una certificación de acuerdos de junta expedida por el Secretario del Ayuntamiento, con el visto bueno del Alcalde.

El Registrador Mercantil deniega la inscripción al considerar que este acto requiere de escritura pública para su inscripción (arts. 94 y 95 RRM), siendo este criterio confirmado por la Dirección General en el recurso que se resuelve.

La prenda sobre una instalación fotovoltaica es inscribible en el Registro de Bienes Muebles
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 22 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a unaescritura de prenda de instalación fotovoltaica, la cual, inicialmente es rechazada por la Registradora, al considerar que, en su caso, ello sólo se podría inscribir como hipoteca mobiliaria.

Presentado el correspondiente recurso, la DG revoca la nota de calificación, considerando que esta instalación fotovoltaica no es más que unbien mueble pignorable, de modo que es posible inscribir esta prenda sobre una instalación fotovoltaica de producción de energía debidamente inscrita en el Registro Administrativo correspondiente, en su modalidad deprenda sin desplazamiento prevista en el art. 682 LEC.

Interesante resolución aplicable a operaciones de financiación de esta clase de activos o infraestructuras.

Liquidación de SA y nombramiento de interventor. No se requiere el consentimiento del interventor para inscribir la liquidación de la sociedad
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 22 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de liquidación de una SA. En el supuesto, se da la particularidad de que un socio minoritario había solicitado el nombramiento de uninterventor para fiscalizar las operaciones de liquidación, lo cual constaba debidamente inscrito el en Registro Mercantil.

Presentada a inscripción la escritura, la Registradora Mercantil considera que es necesario aportar en dicha escritura la intervención y el consentimiento del interventor a las operaciones de liquidación, lo cual, es rechazado por la Dirección General en la resolución del recurso planteado, pues esta considera que su función se limita a controlar que la actuación de los liquidadores se realice dentro de las normas legales y estatutarias referentes al proceso de liquidación, poniendo en conocimiento de los socios cualquier actuación de los liquidadores contrarias a la Ley o a los estatutos sociales, a fin de que además de las responsabilidades en que hayan podido incurrir los liquidadores pueda instarse su separación en los términos que resultan del artículo 380 de la Ley de Sociedades de Capital. Así pues,pueden los liquidadores actuar sin obtener la aprobación de los interventores, ya que su función es de fiscalización, perono de aprobación de la actuación de los liquidadores.

Opción de compra y notificaciones entre optante y concedente. Mucho cuidado a cómo se realizan las notificaciones por vía notarial
Noviembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 22 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura decancelación de opción de compra. El supuesto parte de una escritura opción de compra inscrita, en la que el optante dispone de unplazo de dos meses para ejercitar la opción, a contar desde que el concedente realice una serie de acciones (en concreto, pagar unos impuestos y cancelar unas afecciones fiscales que gravaban la finca).

El concedente cumple con las condiciones, y procede a notificarlo notarialmente al optante (mediante un acta de requerimiento), pero al realizar la notificación, el Notario, que acude a la sede social de la empresa optante, se encuentra con una empleada que “reconoce ser empleada de la empresa requerida” y que, asimismo, manifiesta que “no está autorizada a recoger ningún requerimiento”. Ante esta negativa, el Notario da por realizado el requerimiento, momento a partir del cual, el concedente considera que comienza a transcurrir el plazo de 2 meses concedido.

Transcurrido finalmente ese plazo, la parte concedente otorga esta escritura de cancelación de opción de compra que ahora se pretende inscribir, lo cual es rechazado por la Registradora, ya que esta considera que para que ello sea posible se requiere el consentimiento del optante y porque, asimismo, la notificación del acta de requerimiento se ha realizado incorrectamente, pues frente a la negativa de la empleada a recoger la cédula, lo procedente hubiera sido remitirla porcorreo certificado con acuse de recibo, tal y como establece el art. 202 RN.

La DG confirma el criterio de la Registradora, de modo que, en estos casos, habrá que extremar las precauciones y, ante una negativa a recoger la cédula, asegurar la notificación mediante su envío por correo certificado con acuse de recibo.

Retribución del consejo de administración con funciones ejecutivas. Competencia de la junta general para determinarla
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 21 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de modificación de estatutos sociales de una SA, en la cual se modifica el artículo de sus estatutos relativo a la retribución del órgano de administración. En el nuevo redactado, se determina que, para el caso de los miembros delconsejo de administración con funciones ejecutivas, su remuneración será determinada por la Junta General en base auno o varios de los conceptos que se detallan en el precepto estatutario (una asignación fija, dietas, retribución variable, etc.).

La Registradora Mercantil deniega la inscripción alegando que el precepto infringe el art. 217 LSC, ya que no determina el sistema de retribución, sino que deja al arbitrio de la junta general la elección de alguno o varios de los previstos en los estatutos.

Presentado el correspondiente Recurso, la Dirección General revoca la nota de calificación, resolviendo que la cláusula en cuestión no deja al arbitrio de la junta general la elección de alguno o varios de los previstos en los estatutos para los administradores,sino que se limita a establecer únicamente respecto de la remuneración prevista para miembros del consejo de administración a los que se hubiesen atribuido funciones ejecutivas que los conceptos retributivos que percibirán anualmente esos administradores serán determinados por la junta general y consistirán en uno o varios de los que se especifican, lo que estáadmitido por el Centro Directivo conforme a lo establecido en los artículos 217 y 249LSC.

La modificación del título constitutivo de la propiedad horizontal requiere el consentimiento de los propietarios que lo eran al adoptar el acuerdo y, también, de los que lo sean al presentar a inscripción el documento en el Registro de la Propiedad:
Noviembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 2 de septiembre de 2024 (BOE de 6 de noviembre de 2024), en la Dirección General nos recuerda que, en el marco de una propiedad horizontal, para lograr la modificación del título constitutivo, se requiere el consentimiento de los propietarios que lo eran en la fecha de adopción del acuerdoy, asimismo, de los que sean titulares registrales en la fecha en la que dicho documento deba acceder al Registro de la Propiedad.

Retribución variable de los administradores. Es necesario fijar en la cláusula estatutaria la concreción de los parámetros o indicadores de referencia que se tomarán como referencia para determinarla
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 21 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de elevación a público de acuerdos sociales, entre los cuales, se encuentra la cláusula estatutaria de retribución de los administradores. En dicha cláusula, se prevé la posibilidad de percibir “una retribución variable, según indicadores o parámetros generales de referencia”,sin especificar cuáles son estos.

La Registradora Mercantil deniega la inscripción por este motivo (al amparo del art. 217 LSC), criterio que es confirmado por la DG, resolviendo en definitiva que al establecerse la posibilidad de percibir retribución variable, es necesariodetallar expresamente cuáles son los indicadores o parámetros que permitirán concretarla, si bien deben ser interpretados de maneraflexible.

Últimos días para aprovechar las medidas del Código de Buenas Prácticas de 2022 para aliviar la subida de los tipos de interés
Noviembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se recuerda que, en pocos días, esto es,a finales de diciembre de este año, finaliza el plazo concedido por el Real Decreto-ley 19/2022, por el que se estableció un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de tipos de interés (que permite a deudores con problemas para pagar sus préstamos conseguir una ampliación del plazo de devolución de su préstamo, o una novación de tipo variable a tipo fijo, entre otras cuestiones).

Para más detalle de las medidas, sus potenciales beneficiarios, y los requisitos necesarios, (AQUÍ) se enlaza un artículo de nuestro blog que se publicó en su momento, donde se exponen todas estas cuestiones.

Acta notarial de Junta. Es necesario que el requerimiento del socio sea notificado fehacientemente al administrador
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 17 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a unacta notarial de junta general, en la cual, el socio propietario del 25% de una SL solicita la asistencia de notario a la próxima junta general de la sociedad. A tal efecto, realiza el requerimiento en un Notario de Vigo, el cual solicita el auxilio de otro Notario, con plaza en la localidad donde tiene la sede social la SL en cuestión, para que realice el requerimiento correspondiente. No obstante, cuando se presenta el acta al Registro Mercantil,no consta haberse recibido la contestación de la notaría requerida para realizar la notificación, conforme el acta ha sido o no entregada.

La Registradora mercantil deniega la inscripción solicitada, criterio que es confirmado a la postre por la DG, pues en el acta no consta la entrega fehaciente del requerimiento notarial a los administradores de la sociedad (para asegurar así que han tenido conocimiento del mismo), de modo que, en estos casos, es necesario acreditar que el órgano de administración ha recibido el requerimiento notarial donde el socio solicita la presencia de Notario en la junta general de la compañía.

En la escritura de declaración de unipersonalidad de una sociedad, para su inscripción, no es necesario acreditar previamente su presentación a efectos de liquidación del ITPAJD
Noviembre 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 16 de octubre de 2024 (BOE de 21 de noviembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de elevación de acuerdos sociales, en la cual, entre otras cuestiones, se declara la unipersonalidad de una SL. Presentada a inscripción, la misma es calificada negativamente por el Registrador, alegando que para la calificación e inscripción es necesario acreditar la presentación del documento a efectos de la liquidación del ITPAJD (modalidad operaciones societarias).

Presentado el correspondiente recurso por el Notario autorizante, la DG se alinea con éste, resolviendo que en el concreto caso de este expediente puede entenderseno exigible el requisito de la previa presentación en la oficina liquidadora del ITP, por cuanto del documento presentadono parece deducirse la existencia de ningún acto sujeto a ninguna de las tres modalidades impositivas que regula la Ley del ITPAJD.

Nueva moratoria para los afectados por la DANA
Noviembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) enlace a un artículo del blog de la notaría, donde se hace referencia a la nuevamoratoria para préstamos titularidad de afectados por la DANA.

Medida aprobada por el Real Decreto-ley 6/2024 (AQUÍ se puede consultar) que prevé el establecimiento de una moratoria, aplicable a préstamos hipotecarios y sin garantía hipotecaria, que sean titularidad de personas afectadas por la DANA, de3 meses de principal e intereses, y de 9 meses adicionales de suspensión de la devolución del principal. Para conocer los detalles de la medida, potenciales beneficiarios, requisitos, procedimiento de solicitud, etc., consultar el artículo del blog indicado.

Compra de inmueble por extranjeros casados. En la compra, lo importante es determinar la naturaleza legal o convencional del régimen económico matrimonial
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de julio de 2024 (BOE de 10 de octubre de 2024), en la que la Dirección General nos recuerda que, cuando se compra un inmueble por personas extranjeras casadas, lo importante no es determinar el régimen económico matrimonial concreto, sino su carácter legal o convencional, sin que el Registrador pueda exigir más concreción al respecto (esto es, es válida la simple expresión clásica de “casados conforme al régimen económico matrimonial legal de su nacionalidad”).

No obstante, claro está, será en el momento de la venta (voluntaria o forzosa) cuando hayan de tenerse en cuenta acreditarse el concreto Derecho extranjero aplicable para valorar las condiciones de dicha enajenación.

Interés legítimo para la obtención del precio de compra en una certificación registral
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de julio de 2024 (BOE de 10 de octubre de 2024), en la que la Dirección General analiza un interesante caso en el que la Registradora de la Propiedad deniega la emisión de una certificación registral donde se detalle el precio de compra pagado por el actual titular registral.

En el presente caso, una persona solicita la emisión de dicha certificación, donde se detalle el precio de compra que consta en la inscripción registral, alegando que ha firmado un contrato de arras con la actual propietaria y que pretende entablar acciones judiciales relacionada con el mismo (lesión en la mitad del precio justo, del art. 621-45 CCCat y ventaja injusta del art. 621-46 CCCat), para lo cual, requiere conocer dicho precio de compra. La solicitante aporta como prueba de su interés legítimo copia de dicho contrato de arras y un poder para pleitos a los efectos de interponer dicha acción judicial.

La Dirección General, revocando la negativa de la Registradora, considera suficientemente acreditado el interés legítimo en el caso para poder obtener detalle de ese precio de venta que se requiere conocer, pues el mismo es un elemento clave para determinar la viabilidad de la acción judicial que se pretende entablar.

Debe tener la condición de consumidor la persona física que adquiere un inmueble residencial, con financiación bancaria (préstamo hipotecario), con la finalidad de arrendar el mismo
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de octubre de 2024, en la cual, dicho Tribunal, dando respuesta a una cuestión prejudicial, determina que, al amparo de la normativa de la Unión aplicable al caso (que tiene reflejo en cada Estado miembro), debe tener la condición de consumidor la persona física que adquiere un inmueble residencial, con financiación bancaria (préstamo hipotecario), con la finalidad de arrendar el mismo, a título oneroso, siempre y cuando no se trate de una actividad profesional de dicha persona.

Fruto de dicha condición de consumidor, se entiende que le serán de aplicación las normas de protección de estos en el ámbito de la contratación de préstamos hipotecarios (esto es, LCI en el caso español). Para tener en cuenta cuando se planteara una operación de esta naturaleza.

Extremar precauciones al reseñar el acta LCI en el préstamo hipotecario y todos los extremos que exige la ley (especialmente si intervienen más actores, como fiadores)
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 23 de julio de 2024 (BOE de 9 de octubre de 2024), en la que se analiza un supuesto de un préstamo hipotecario (con fiador) que se presenta a inscripción, donde el Notario, al hacer referencia al acta previa LCI y su contenido y resultado, no se hace mención expresa a que, las partes prestataria y fiadora hayan recibido del mismo el asesoramiento previsto en el artículo 15 de la Ley 5/2019 de 15 de marzo y que, asimismo, la parte fiadora haya recibido con antelación suficiente la documentación establecida en la LCCI.

El Registrador deniega la inscripción por este motivo y la Dirección General confirma el defecto, de modo que, como conclusión, deberemos extremar precauciones al reseñar el acta LCI en todos los préstamos hipotecarios, con todos los requisitos que exige la LCI, especialmente, en aquellos casos en los que en la operación intervengan terceras personas más allá de los deudores hipotecantes (como en este caso, fiadores).

Cuidado con las reservas de facultades que se realizan en la escritura de constitución de un régimen de propiedad horizontal
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 23 de julio de 2024 (BOE de 9 de octubre de 2024), en la que se analiza un interesante supuesto, en el cual, el propietario (distinto ya al promotor, pues este ya lo había vendido) de un local sujeto a régimen de propiedad horizontal, segrega unilateralmente una parte del mismo para formar una finca independiente, amparándose para ello en una cláusula de los estatutos de la finca matriz donde consta que “el promotor de la división horizontal se reserva el derecho de dividir en la forma que crea conveniente los locales de negocio de la planta baja”.

Presentada a inscripción esta escritura, la Registradora deniega la inscripción, pues entiende que la cláusula estatutaria sólo habilita a realizar esta segregación unilateral (esto es, sin contar con el acuerdo de junta correspondiente) al promotor, y no a ulteriores propietarios de la finca, siendo este criterio confirmado por la Dirección General, en el sentido de que, al tratarse de una excepción a la regla general prevista en la legislación reguladora de la propiedad horizontal, como tal, debe interpretarse restrictivamente.

Hipotecar una finca y apoderar al acreedor para vender la misma en caso de impago (y cancelar la deuda con el precio obtenido) vulnera la prohibición del pacto comisorio
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 22 de julio de 2024 (BOE de 9 de octubre de 2024), en la que los propietarios de una vivienda formalizan un préstamo hipotecario sobre su vivienda, por importe de más de 500.000 euros (con un vencimiento a 6 meses) y, al mismo tiempo, conceden al acreedor un poder para vender la finca, cobrar el precio (y con el mismo amortizar la deuda en caso de impago) y cancelar las garantías. Transcurrido un tiempo, finalmente el apoderado hace uso del poder y vende la finca ante Notario, para cobrarse esa deuda pendiente impagada.

Presentada a inscripción esta escritura de compraventa, la misma es calificada negativamente por el Registrador, alegando en esencia que este proceder vulnera la prohibición general del pacto comisorio (arts. 1.859 y 1.884 Cc), criterio que es confirmado por la Dirección General en su resolución.

Se aprueba el anteproyecto de ley de modificación del Código Civil de Cataluña en materia de soporte al ejercicio de la capacidad jurídica de las personas
Octubre 2024
Otros diversos

Se adjunta (AQUÍ) el texto aprobado por el Gobierno catalán para tramitar la modificación del Código Civil autonómico en materia de soporte al ejercicio de la capacidad jurídica de las personas.

El texto, amparándose en el Convenio de Nueva York, apuesta decididamente por la autonomía de las personas con discapacidad, transitando del antiguo modelo de sustitución de la voluntad (incapacitación), por uno basado en el acompañamiento, mediante instituciones informales o formales, como la asistencia o los soportes preventivos (poderes en previsión), esto es, ámbitos donde los Notarios podemos participar de forma muy activa en la protección de las personas discapacitadas.

En todo caso, habrá que esperar al trámite parlamentario correspondiente para la entrada en vigor del texto.

Publicada la nueva memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España del año 2023
Octubre 2024
Otros diversos

El pasado 9 de octubre se ha publicado (AQUÍ) la Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España, correspondiente al ejercicio 2023, donde el supervisor bancario recopila el conjunto de reclamaciones presentadas por los clientes bancarios contra sus entidades, así como los criterios de resolución aplicados por el supervisor en las materias que presentan más conflictividad.Documento muy interesante para resolver dudas de clientes sobre la procedencia de comisiones, tipos de interés, penalizaciones, etc. en sus relaciones con su banco.

Novedades interesantes como en materia de certificados de saldo cero al cancelar la hipoteca (donde no es exigible aportar nota simple), en materia de comisiones por mantenimiento cuando la herencia está yaciente (donde no es aceptable el incremento de comisiones injustificado) o sobre la necesaria transparencia en relación al sistema de amortización de los préstamos hipotecarios.

Inscripción de la atribución de uso de vivienda familiar determinado en sentencia de divorcio a favor de hijos y ex cónyuge al que se atribuye la guarda. Se requiere concreción temporal del derecho
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Direcció General de Dret, Entitats Jurídiques i Mediació de 2 de octubre de 2024 (BOGC de 11 de octubre de 2024), en la que la DG resuelve un supuesto relativo al intento de inscripción de un mandamiento judicial que ordena la inscripción del uso de la vivienda familiar (propiedad de los dos ex cónyuges al 50%), atribuido en sentencia de divorcio, a los hijos menores de edad comunes del matrimonio, y al ex cónyuge a quien corresponde su guarda.

En la resolución en cuestión, se ordena la inscripción de este derecho, pero sin concretar la duración temporal del mismo, lo cual es rechazado inicialmente por la Registradora de la Propiedad, y confirmado por la DG, en el sentido de que, de conformidad con el art. 233-20 CCCat, la atribución del uso de la vivienda debe hacerse con carácter temporal, de modo que, en la resolución que se acuerde, debe especificarse claramente la duración temporal de dicha atribución, para que la misma se pueda inscribir correctamente en el Registro de la Propiedad.

Rectificación de descripción de plaza de aparcamiento comunitaria. Se requiere el consentimiento de todos los copropietarios del garaje
Octubre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Direcció General de Dret, Entitats Jurídiques i Mediació de 27 de septiembre de 2024 (BOGC de 7 de octubre de 2024), en la que la DG resuelve un supuesto relativo al intento del propietario de una plaza de aparcamiento inserta en un garaje comunitario (esto es, sujeto a un régimen de propiedad horizontal), de modificar unilateralmente la descripción de su plaza de aparcamiento, para atribuirse el uso exclusivo de un determinado anexo o espacio del parking comunitario, basando su pretensión en un supuesto error de transcripción en la escrituras de constitución del régimen de propiedad horizontal y compraventa.

El Registrador, como no puede ser de otra manera (al igual que finalmente sucede con la resolución de la DG), determinan que ello no es posible, ya que para poder rectificar el asiento registral y reconocer el derecho de una plaza concreta a la ocupación privativa de un espacio común, ello supone en esencia un acto de disposición (atribuir el uso exclusivo) dentro de una comunidad, para lo cual se requerirá el consentimiento por unanimidad del resto de copropietarios de dicha comunidad, de acuerdo con lo que establece de forma expresa el artículo 552-7.6 del CCC.

Valor de referencia y recurso del contribuyente. Es posible recurrir y no tener que pagar la liquidación en determinados supuestos
Septiembre 2024
Fiscal

Se adjunta (AQUÍ) interesante Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, donde se resuelve un interesante supuesto que puede ser de aplicación extensible a otros supuestos, en relación al valor de referencia.

Se parte del supuesto de venta de una finca por 65.000€ (operación sujeta a ITP), en la cual, la administración tributaria autonómica, tras iniciar comprobación limitada, fija el valor de referencia del inmueble en 130.884,53 euros, procediendo a emitir propuesta de liquidación con ese importe como base imponible. La obligada tributaria, tras una primera desestimación en vía administrativa, recurre la liquidación en vía económico-administrativa, solicitando la suspensión de la ejecución del acto liquidatorio impugnado, por reservarse el derecho a solicitar la tasación pericial contradictoria (TPC).

El TEARCV estimó la solicitud suspensoria, por entender que era un derecho de la reclamante tras haberse producido una comprobación del valor declarado por la vía del art. 57 LGT, criterio que es confirmado por el TSJ, determinando expresamente que en estos supuestos, realizada la comprobación del valor declarado, el contribuyente tiene derecho a la TPC, lo que supone por mandato legal la suspensión de la ejecución de la liquidación, fuere por solicitarse la TPC como por reservarse el derecho a promoverla.

Desheredación de hijos por ausencia de relación con el causante. Sólo es posible si la ausencia de relación es exclusivamente imputable a los hijos
Septiembre 2024
Sucesiones y donaciones

Se adjunta (AQUÍ) interesante Sentencia de la Audiencia Provincial de Girona 688/2024, de 24 de abril, donde se resuelve un caso relativo a la validez de una cláusula de desheredación contenida en un testamento, al amparo del art. 451-17, letra e, CCCat, donde un señor deshereda a sus dos hijas, por una supuesta ausencia manifiesta y continuada de relación familiar entre él y las legitimarias, por causa únicamente imputable a las legitimarias.

En el litigio, no obstante, se acredita que la ausencia de relación familiar se debe a la conducta del padre (señor que se separa de la madre cuando las hijas son muy pequeñas, abandona el domicilio familiar y no mantiene prácticamente relaciones con las hijas menores), de modo que no es aplicable la causa de desheredación de las hijas del art. 451-17 CCCat, ya que el mismo exige que la causa sea únicamente imputable a las legitimarias.

Así pues, se recuerda que para poderse aplicar esta causa de desheredación, el origen de la ausencia de relación debe ser imputable exclusivamente a las legitimarias, y no al causante en cuestión.

Nuevo Compendio de criterios de Buenas Prácticas Bancarias
Septiembre 2024
Otros diversos

Se adjunta (AQUÍ) enlace a un nuevo artículo del blog de la Notaría, donde se analiza el nuevo Compendio de criterios de Buenas Prácticas Bancarias, esto es, un documento elaborado por el supervisor bancario, donde el Banco de España fija los criterios interpretativos, metodologías o procedimientos que se han consolidado como estándares en el sector o son razonablemente exigibles para la gestión responsable, diligente y respetuosa con la clientela bancaria.

Este documento determina la forma en que deben resolverse conflictos habituales entre los bancos y sus clientes, en multitud de materias, como comisiones, préstamos, testamentarías, etc. También sustituye y unifica los criterios contenidos anteriormente en la Memoria anual del Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Documento muy útil para los clientes para encontrar criterios con los que resolver eventuales conflictos o discrepancias con su banco.

Derecho real de uso vitalicio. Las cosas hay que hacerlas bien, y ante Notario
Septiembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 2821/2024, de 30 de enero, donde se resuelve un caso relativo a un derecho real de uso vitalicio, que la parte demandante pretende que se reconozca a su favor.

El caso parte del supuesto en el que unos padres proponen a su hija (que está casada y con dos hijas) que se vaya a vivir con ellos, a una vivienda que es de la propiedad de esos padres, previa realización de las obras pertinentes (mediante las cuales, en una misma finca registral, se construye en realidad dos viviendas diferenciadas). La hija acepta la propuesta y se trasladan a vivir a esa vivienda, pero pasados unos años y una separación matrimonial mediante, los padres deciden que no quieren mantener más esa situación, y demandan a la hija para que abandone la vivienda, considerando que la está ocupando en precario. Ante esta situación, la hija demanda a los padres, considerando que en su momento, cuando sus padres le hicieron esta propuesta, en realidad le concedieron un derecho de uso en su favor sobre la vivienda de sus padres, de carácter real y de duración vitalicia, el cual reclama que le reconozca la justicia, y que, efectivamente, fue reconocido en primera y segunda instancia.

No obstante, finalmente, el TSJ, en la Sentencia analizada, determina que el derecho de uso de una vivienda por parte de los progenitores titulares a su hija, gratuito y vitalicio, según la previsión legal, supuso en términos jurídicos una donación de bien inmueble que precisaba su plasmación en escritura pública, requisito esencial de forma para la eficacia del negocio jurídico (ats. 531-7, 531-12 y 562-1). Así las cosas, al no haberse constituido este derecho real de uso en escritura pública, no procede reconocer el mismo, quedando patente de nuevo lo importante que es acudir al Notario y formalizar correctamente los actos y negocios jurídicos que se pretenden, para conseguir así su validez.

Venta de inmueble en Cataluña y necesidad de financiación del comprador. Mucho cuidado con la regulación catalana de las arras
Septiembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

Se adjunta (AQUÍ) Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 5861/2024, de 17 de abril, donde se resuelve un caso relativo a la firma de un contrato de arras para la venta de una vivienda de 582.000, donde la futura parte compradora entrega a la vendedora la cantidad de 40.000 euros, en concepto de arras penitenciales, pactándose no obstante la posibilidad de desistimiento de la parte compradora al amparo del art. 621-49 CCCat.

En este sentido, hay que recordar que el art. 621-49 CCCat (previsión de financiación por tercero), determina que “si el contrato de compraventa prevé la financiación de todo o parte del precio por una entidad de crédito, el comprador, salvo pacto en contrario, puede desistir del contrato si justifica documentalmente, en el plazo pactado, la negativa de la entidad designada a conceder la financiación o a aceptar la subrogación del comprador en la hipoteca que grava el inmueble, salvo que la denegación se derive de la negligencia del comprador”.

En el caso analizado, el comprador no obtiene la financiación de dos bancos distintos, y a la vista de ello, solicita el desistimiento pactado en el contrato de arras, el cual no es aceptado por la parte vendedora, alegando ésta que la negativa a dicha financiación se debe a la negligencia de la parte compradora al haber solicitado la financiación de la vivienda objeto de este litigio careciendo de la capacidad de reembolso necesaria.

El TSJ, a la vista de las circunstancias del caso, da la razón a la parte compradora que ha desistido del contrato, resolviendo dos cuestiones interesantes:

  1. Que para la aplicación del art. 621-49 CCCat no es necesario designar específicamente una entidad financiera que ha de conceder la financiación (se puede recurrir a una o varias de la elección del comprador, sin necesidad de designarla previamente para que pueda aplicarse la causa de desistimiento ante la negativa de la financiación).
  2. Que el desistimiento no será aplicable al comprador que tenga una actitud negligente (esto es, ninguna posibilidad, desde el principio, de obtener la financiación hipotecaria), pero sí será aplicable al comprador que, inicialmente, pudiendo afrontar la financiación, durante el proceso de estudio de la misma sufre una disminución de ingresos imprevista que desemboca en la negativa a la concesión de dicha financiación.
Actas de notificación y envío por correo certificado. Su envío se tiene que seguir realizando únicamente a través de Correos
Septiembre 2024
Otros diversos

De conformidad con el art. 202 del Reglamento Notarial (relativo a las actas de notificación), “El notario siempre que no pueda hacer entrega de la cédula deberá enviar la misma por correo certificado con acuse de recibo, tal y como establece el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, o por cualquier otro procedimiento que permita dejar constancia fehaciente de la entrega”. En dicho Real Decreto, hasta la fecha se establecía que los servicios de correo certificado debían ser prestados a través del servicio postal universal (esto es, sólo a través de la empresa púbica de “Correos”, y no a otros operadores privados).

Recientemente, se ha producido la entrada en vigor del Real Decreto 437/2024, el cual, deroga el Real Decreto 1829/1999, generando una laguna de Derecho que es necesario integrar, puesto que la nueva norma no establece nada al respecto de forma expresa.

A la vista de ello, y por aplicación del art. 22.4 de la Ley 43/2010, se considera que en esta clase de actas de notificación, la remisión de la misma deberá seguir realizándose por correo certificado con acuse de recibo a través de la empresa pública de Correos, puesto que es el único que acredita fehacientemente el hecho de su realización, entrega o rehúse.

Disponibilidad del Certificado Catastral de Valor de Referencia en SIGNO
Septiembre 2024
Inmobiliario e hipotecario

En el marco de la colaboración entre el Consejo General del Notariado y la Dirección General de Catastro, se ha puesto a su disposición en la plataforma SIGNO la obtención del certificado catastral de valor de referencia determinado por la Dirección General del Catastro. Al solicitarse los certificados de un inmueble a través del Servicio de Tramitación Inmobiliaria en SIGNO, se podrá acceder tanto al nuevo certificado catastral de valor de referencia como a la certificación catastral descriptiva y gráfica, que ya estaba disponible anteriormente.

El apoderado de una sociedad no tiene capacidad para facultar subapoderamientos, salvo autorización expresa
Julio 2024
Mercantil

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 26 de junio de 2024 (BOE de 17 de julio de 2024), donde la DG resuelve un supuesto relativo a una escritura de poder que se pretende a inscribir en el Registro Mercantil, en la cual, entre otras facultades, la sociedad poderdante concede al apoderado la capacidad de “otorgar poderes o apoderamientos, total o parcialmente y dentro de los límites que se le ha conferido, a la persona o personas que libremente estime convenientes libremente revocar los apoderamientos que haya podido conferir”.

La Registradora Mercantil deniega la inscripción, alegando que para que el apoderado pueda otorgar nuevos poderes, se requiere del consentimiento expreso del órgano de administración (arts. 261 y 296 CCom).

La DG, alineándose con la Registradora, determina que en el ámbito de los apoderamientos mercantiles, la propia razón de ser del apoderamiento hace que la facultad de sustituir no pueda considerarse como susceptible a su vez de sustitución, ya que el poderdante inicial la ha concedido exclusivamente al apoderado en el que tiene depositada su confianza, por lo que para poder practicarla sucesivamente (sea o no con límites) ello ha de explicitarse con absoluta y meridiana claridad.

Notas jurídicas prácticas - Febrero 2025

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de febrero 2025.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Enero 2025

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de enero 2025.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Diciembre 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de diciembre 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Noviembre 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de noviembre 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Octubre 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de octubre 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Septiembre 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de septiembre 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Julio 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de julio 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Junio 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de junio 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Mayo 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de mayo 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Abril 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de abril 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Marzo 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de marzo 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Febrero 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de febrero 2024.
Ver más

Notas jurídicas prácticas - Enero 2024

Descubre nuestro boletín informativo con las novedades jurídicas prácticas de enero 2024.
Ver más

Nuestro recopilatorio práctico 2023

Descubre nuestro boletín informativo para mantener a nuestros respectivos equipos al día de las últimas novedades o cuestiones de interés práctico en nuestra actividad diaria.
Ver más
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.