2/1/2025
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Notas jurídicas prácticas

Notas jurídicas prácticas - Enero 2025

1.- Valor probatorio de las notas simples del Registro de la Propiedad

Se adjunta (AQUÍ) enlace a una interesante sentencia del Tribunal Supremo, en concreto, la STS 5882/2024, de 20 de noviembre, en la que el Alto Tribunal confirma la validez y suficiencia de la nota simple informativa del Registro de la Propiedad como prueba suficiente del dominio, permitiendo así reforzar el pleno valor probatorio de estos documentos por lo que se requiere al contenido registral, tanto en actos judiciales como extrajudiciales.

Así pues, se confirma cómo, cualquier persona con un derecho inscrito en el Registro de la Propiedad, puede acreditarlo válidamente ante terceras personas obteniendo una nota simple registral, con un coste de tan sólo 10 euros aproximadamente.


2.- Es necesaria la intervención de todos los herederos en la partición de la herencia

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 19 de noviembre de 2024 (BOE de 18 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de aceptación y adjudicación de herencia, en la cual, no concurren todos los herederos.

En este caso, la DG resuelve que, en efecto, la no concurrencia de todos los herederos quiebra el principio de que la partición de la herencia se debe realizar por todos los coherederos por unanimidad, de modo que es necesario que en la partición concurran todos los llamados para que cada derecho hereditario en abstracto se convierta en titularidades singulares y concretas sobre los bienes del caudal hereditario.


3.- La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida constituye hecho imponible del ISD

Se adjunta (AQUÍ) enlace a un flash fiscal relativo a la Consulta de la DGT V1822-24 (AQUÍ se puede consultar), en la que la DGT resuelve una consulta relativa a la liquidación de los seguros de vida, recordando que la percepción de cantidades derivadas de la contratación de un seguro de vida, siempre que el perceptor sea persona distinta del tomador del seguro, estará sujeta al Impuesto de Sucesiones, siendo su base imponible las cantidades percibidas por este concepto (que se acumularán a los demás bienes y derechos hereditarios), siendo el sujeto pasivo el perceptor de dichas cantidades.


4.- Prestaciones accesorias en estatutos sociales y su relación con un protocolo familiar

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de modificación de estatutos sociales, en la cual, se introduce un nuevo artículo estatutario, relativo a una prestación accesoria, en virtud de la cual se establece que todos los socios quedan obligados a una prestación accesoria no retribuida consistente en el cumplimiento de un Protocolo Familiar que consta en una escritura pública (que se identifica en concreto), pero sin detallar su contenido.

Inicialmente, el Registrador mercantil deniega la inscripción de la cláusula estatutaria alegando que el contenido de la prestación accesoria no se detalla, pues simplemente se remite al Protocolo Familiar, el cual no consta inscrito ni depositado en el Registro Mercantil.

Interpuesto el correspondiente recurso, la DG revoca la calificación, determinando que lo relevante en estos casos es dar publicidad de la existencia del Protocolo Familiar, de modo que todos los socios presentes y futuros tengan la posibilidad de conocer la existencia de este y, en su caso, acceder a su contenido a través de las vías legales existentes.


5.- CNAEs para 2025

Se adjunta (AQUÍ) enlace al Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), aplicable para nuevas constituciones o cambios de objeto social formuladas a partir del 16 de enero de 2025, esto es, su entrada en vigor.

Sobre su aplicación práctica en el entorno CIRCE, se ha comunicado que CIRCE, por el momento, no puede aplicar los nuevos códigos CNAE 2025, estando pendiente de su coordinación y análisis con la AEAT, por lo que para este tipo de sociedades siguen con la anterior codificación.

Para el resto de sociedades, se debe hacer constar la nueva codificación. Desde algún registro mercantil se ha solicitado a las notarías que transitoriamente se hagan constar las dos numeraciones, CNAE 2009 y CNAE 2025, por falta de adaptación de sus sistemas informáticos.


6.- Desvinculaciónob rem de fincas y su relación con la autorización administrativa de la edificación

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de desvinculaciónob rem, para dejar sin efecto una vinculación de unas determinadas plazas de garaje en relación a un edificio plurifamiliar.

Presentada a inscripción la escritura, la Registradora de la Propiedad la deniega, alegando que en este caso, es necesario acreditar el consentimiento de la administración a dicha desvinculación, al haberse configurado la vinculaciónob rem como una condición especial para la concesión de la licencia de primera ocupación (clásica normativa urbanística que obliga a que los edificios de obra nueva cuenten con una plaza de aparcamiento).

La DG confirma el criterio de la Registradora, siendo necesario presentar el documento administrativo que corresponda (como la licencia de obras) para acreditar que la administración no pone o no puso en su momento ninguna condición al respecto para la concesión de la pertinente autorización administrativa.


7.- Consecuencias fiscales de la no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024

Se informa de que el Real Decreto-ley 9/2024 (AQUÍ se puede consultar), conocido como “Decreto Omnibus” no ha sido convalidado por el Congreso, de modo que la disposición ha quedado derogada. Como consecuencia de ello, en el ámbito fiscal, es necesario destacar las siguientes medidas quequedan sin efecto:

  • IRPF y obligación de declarar: Elevación a 2.500€ (desde 1.500€) del importe que puede percibirse de los segundos y ulteriores pagadores para que el límite máximo anual que fija la obligación de declarar por rendimientos del trabajo sea de 22.000€.
  • IRPF: Prórroga para 2025 las deducciones fiscales en materia de obras de mejora energética de viviendas y por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y puntos de recarga.
  • Plusvalía municipal (IIVTNU): Aprobación de nuevos coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor. En la práctica suponía un incremento de hasta más del 50% (se enlaza AQUÍ noticia periodística al respecto).

8.- NIF revocado y acceso al Registro. Se confirma que lo relevante es la situación en el momento en que el documento accede al Registro (y no cuando se otorga)

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 29 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a una escritura de compraventa de un inmueble, formalizada en 2008, la cual se pretende inscribir en 2024, momento en que la sociedad vendedora tiene el NIF revocado, lo que provoca la correspondiente calificación negativa del Registrador.

El representante de la sociedad interpone recurso contra dicha calificación, alegando que, en esencia, cuando se otorga la escritura, la sociedad tiene el NIF vigente, y norma que regula la imposibilidad de inscribir transmisiones de sociedades con NIF revocados aún no estaba en vigor, de modo que su aplicación ahora supone la aplicación retroactiva de una norma desfavorable, proscrita por la Constitución.

La DG, en este caso, reitera su criterio pacífico, considerando que la prohibición de acceso de documentos correspondientes a sociedades con NIF revocado es plenamente válida y aplicable a documentos autorizados con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, pues el acceso al Registro se pretende ahora, con la norma ya en vigor.


9.- Sesión formativa sobre las Resoluciones más destacadas del año 2024

Se adjunta (AQUÍ) enlace a una muy interesante sesión formativa, en formato video, organizada por la Fundación Notariado, donde se realiza un análisis y estudio de las Resoluciones esenciales de 2024 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en diversas materias propias de Derecho civil, mercantil e hipotecario, poniendo el foco en aspectos prácticos de redacción de escrituras.


10.- Conflicto societario y nombramiento de auditor voluntario. Requisitos para su inscripción

Se adjunta (AQUÍ) Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 28 de noviembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024), en la Dirección General resuelve un supuesto relativo a la solicitud de inscripción del nombramiento de un auditor voluntario por parte de una SL.

Sociedad inmersa en un conflicto societario, en el cual, uno de los socios minoritarios ha solicitado el nombramiento de auditor, el cual se halla pendiente de resolución por parte de la DG. Posteriormente, es la sociedad la que solicita la inscripción del nombramiento de auditor voluntario, lo cual es rechazado inicialmente por el Registrador Mercantil, al existir esta solicitud previa por parte del socio minoritario.

Interpuesto el correspondiente recurso, la DG revoca la nota de calificación por lo que a esta circunstancia se refiere, alegando que su más reciente doctrina (vid. Resoluciones de 18 y 20 de abril de 2024), en virtud de un principio de efectividad, si resulta acreditado el nombramiento voluntario de auditor por la sociedad, aunque este sea posterior a la solicitud del socio minoritario, aquél debe prevalecer (aunque la solicitud del socio minoritario sea anterior), y más en este caso, donde la solicitud del socio minoritario aún no se ha resuelto.

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Notas jurídicas prácticas - Enero 2025
Jesús Benavides Lima
Notario de Barcelona

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